Lima Metropolitana: Malestar por instalación de antenas en parques

La instalación de antenas de telefonía móvil en espacios públicos, parques y áreas verdes genera malestar entre vecinos y vecinas de diversos distritos de Lima Metropolitana. A la poca información acerca de estas instalaciones se suman procesos irregulares, afectación de áreas verdes y falta de consentimiento del vecindario, así como el comportamiento violento en al menos dos de los seis casos conocidos por mi despacho en las últimas semanas (Parque Sergio Bernales en La Victoria y Parque Inkari en San Juan de Lurigancho).

Casos:

 

El 4 de junio la Viceministra de Comunicaciones Rosa Nakagawa nos recibió para evaluar la situación y compartir información sobre los incidentes generados por la empresa  Torres Unidas del Perú. Le transmitimos a la Viceministra la preocupación compartida con organizaciones vecinales acerca de las condiciones en las que se lleva a cabo el aseguramiento de la red de telefonía móvil.

Garantizar el acceso de a las telecomunicaciones no debe limitar el derecho a contar con espacios públicos de calidad. Lamentablemente, eso es lo que está ocurriendo en varias ciudades del país, ya que según la norma vigente (D.S. N° 003-2015-MTC) es permitido instalar antenas de telecomunicaciones en parques y todo tipo de espacio público.  Comparto la preocupación de quienes ven afectado no solo el paisaje urbano y las áreas verdes de sus barrios. Tras analizar los seis casos conocidos por mi equipo durante las actividades de Representación en Lima Metropolitana, proponemos revisar la normativa que regula la infraestructura de telecomunicaciones.

La queja más reciente proviene de los vecinos de la Urbanización Santa Catalina de La Victoria, quienes denunciaron la instalación de una antena en el Parque Sergio Bernales por medio de la fuerza, a través de personal de seguridad contratado por la empresa. Antes de la instalación y los incidentes violentos, los vecinos realizaron una asamblea en la que rechazaron por mayoría cualquier iniciativa de instalación de infraestructura en el parque, decisión que fue comunicada a la Empresa. Sin embargo, la empresa llevó a cabo la instalación asegurando contar con “aprobación automática” de la Municipalidad.

Ante esta situación, acompañamos a los vecinos a una reunión con el alcalde de La Victoria el 15 de mayo de 2018 para solicitar su intervención. El Alcalde nos informó que la Municipalidad no podía hacer más que solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la reubicación de la antena dado el malestar causado a los vecinos. No obstante, a pesar del pedido de la Municipalidad de una suspensión temporal de la instalación hasta resolver el conflicto social, la Empresa instaló 14 postes alrededor del parque para proveer de electricidad a la nueva antena, dando por concluída la obra.

Los vecinos de Santa Catalina también reclaman por el exceso de antenas en su urbanización. Como pudo constatar el equipo de mi despacho, esta zona de La Victoria, próxima al centro financiero de San Isidro, cuenta con 15 antenas y postes de infraestructura de telecomunicaciones.

Otro incidente preocupante ocurrió en el Parque Inkari en San Juan de Lurigancho, donde la empresa Torres Unidas empleó personas que generaron un enfrentamiento violento con los vecinos (viernes 22 de junio). En este caso, ante la ausencia de la Municipalidad Distrital, solicitamos la intervención de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales – DGASA del MTC, entidad que realizó una inspección tras la cual informaron a la comunidad. Después de 5 días de conflicto, era la primera vez que una autoridad del sector acudía al lugar.

El marco normativo de áreas verdes

Proteger y ampliar las áreas verdes de nuestras ciudades es muy importante. Las áreas verdes representan gran parte de nuestro stock de espacios públicos. Están protegidas por Ley N° 26664, Ley que dicta disposiciones referidas a la administración de las áreas verdes de uso público que determina que las municipalidades tienen bajo su responsabilidad la conservación de áreas verdes de uso público, tales como plazas, parques, bermas, jardines, óvalos, entre otros, promulgada en 1996.

Artículo 1: “los parques metropolitanos y zonales, plazas, plazuelas, jardines y demás áreas verdes de uso público bajo administración municipal forman parte de un sistema de áreas recreacionales y de reserva ambiental con carácter de intangibles, inalienables e imprescriptibles.”

A nivel metropolitano, la Ordenanza N° 1852-MML para la conservación y gestión de las áreas verdes de la Provincia de Lima (2014), establece en el Artículo 21 que “en las áreas verdes de uso público no se permitirá el desarrollo de obras de infraestructura que sean ajenas a las finalidades de recreación activa o pasiva”; y se establece “que la contravención a esta medida dará lugar a la interposición de denuncia penal por alteración del ambiente o paisaje urbano o rural, contra quienes resulten responsables”.

Normas acerca de la instalación de antenas de telecomunicaciones

En 2007 se promulga la Ley N° 29022, Ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, que contempla que el uso de las áreas y bienes de dominio público, incluidos el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, parques y plazas, por parte de los operadores de los servicios públicos de telecomunicaciones, para el despliegue, mejoras y/o mantenimiento de la infraestructura instalada o por instalarse, es a título gratuito (Artículo 6).

Esta Ley fue modificada por la Ley N° 30228 en 2014  y su Reglamento de 2015 (D.S. N° 003-2015-MTC) El principal cambio fue el procedimiento administrativo de aprobación automática, de modo que las autorizaciones de las municipalidades para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones ya no quedan sujetas al silencio administrativo positivo, en el plazo de treinta (30) días calendario.

Problemas específicos con la normativa de antenas

Lo que sucede en la práctica es que las municipalidades no ejercen su rol de control y fiscalización cuando se trata de instalación de antenas en parques, que son bienes de uso y dominio público. El procedimiento administrativo de aprobación automática dificulta el control ya que las municipalidades han demostrado no tener capacidad de plantear observaciones a los aspectos problemáticos de las solicitudes de instalación de antenas. Entre estos problemas encontramos el de aplicación de autorizaciones sin concordancia con Ley de áreas verdes, Ley N° 26664, ni con ordenanzas metropolitanas de Lima, Ordenanza N°1852-MML para la conservación y gestión de las áreas verdes. En los casos de conflicto vistos, las municipalidades han aludido que el MTC, al ser la entidad que otorga la concesión, es a la vez responsable de la fiscalización. Esto se debe a que el reglamento no determina con suficiente claridad las competencias de las municipalidades distritales. Más preocupante aún, no establece mecanismos de participación ciudadana cuando se trata de autorizaciones sobre bienes de dominio público como los parques.

Propuestas

La Viceministra de Comunicaciones se mostró dispuesta a considerar  medidas correctivas frente esta problemática. Una posibilidad es que el MTC plantee la modificación del Reglamento de la Ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, a fin de que las autorizaciones para la instalación de esta infraestructura en caso de bienes de dominio público – como es el caso de parques- vuelvan a estar sujetas al silencio administrativo positivo, en el plazo de treinta (30) días calendario. Además de la elaboración de una lista de requisitos específicos para las municipalidades con el objetivo de facilitar la verificación y revisión de expedientes que presenten las empresas de infraestructura de telecomunicaciones.

Estamos atentos para colaborar con estas mejoras, para que se emitan en el menor tiempo posible e incorporen el marco normativo que protege las áreas verdes urbanas. Nuestro compromiso es seguir acompañando a las vecinas y vecinos en su justo reclamo por la intangibilidad de sus parques. Por ello, estamos trabajando en un proyecto de Ley que incorpore el marco normativo que protege las áreas verdes públicas en la Ley N° 29022, Ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones.