Ley que impide a agresores sexuales trabajar con infancia

Ya se publicó la Ley N° 30901, la séptima aprobada sobre proyectos impulsados por la congresista Indira Huilca (proyecto de ley N° 2338/2017-CR). La ley establece lo siguiente:

  • La creación, dentro del Registro Nacional de Condenas, un sub-registro de agresores por delitos graves como los de homicidio, lesiones graves, violencia sexual, pornografía infantil, trata de personas, explotación sexual, entre otros semejantes.
  • Para estos delitos se establece la inhabilitación definitiva para trabajar con niñas, niños y adolescentes, tanto en el sector público como en el privado. El impedimento incluye a las personas condenadas aunque hayan cumplido la condena. Esta restricción ya está vigente en el sector Educación y ahora ya protege a la infancia en otros sectores como los programas sociales (Qali Warma, Cuna Más, Beca 18, INABIF, los CEM y otros de índole privada)
  • Se establece la obligación de las entidades públicas y privadas de supervisar que se cumpla el impedimento. Antes de finalizar un proceso de contratación, bajo responsabilidad, la entidad debe hacer la verificación en el subregistro. El incumplimiento será fiscalizado por la SUNAFIL, los gobiernos regionales y SERVIR.
  • La información de este registro será histórica: estarán de forma permanente ciertos datos personales de las personas condenadas por los delitos previstos en la norma con información de resoluciones de rehabilitación u otras modificatorias de la condena,
  • El acceso a la información contenida en este sub-registro será público y gratuito, a diferencia de lo que sucede con el Registro Nacional de Condenas en general. El Poder Judicial debe incorporar en su página web el vínculo que permita a cualquier persona acceder a su contenido, previa justificación de su acceso.
  • Como son frecuentes los casos de sentencias condenatorias no inscritas en el Registro Nacional de Condenas, se incorpora la obligación de los órganos jurisdiccionales de remitir la información bajo responsabilidad funcional en el plazo de tres días hábiles.