Evelyn: Una Menos de Nosotras en Ayacucho

El pasado domingo 26 de febrero en Huamanga, Ayacucho fue asesinada la ciudadana Evelyn Ccorahua Fabián quien en el mes de enero había denunciado al padre de su hija por tentativa de feminicidio. En esta tragedia han tenido lugar graves omisiones de la actuación policial, fiscal, como judicial; no se ha cumplido el mandato de la Ley No. 30364, Ley para para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que el Congreso aprobó y el Ejecutivo promulgó en noviembre de 2015.

De acuerdo a la documentación recibida en la Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República, el caso de Evelyn Ccorahua configuraba como una tentativa de feminicidio, y así fue denunciado por ella ante la Policía. Sin embargo fue abordado por las autoridades y los operadores de justicia como un acto de violencia doméstica sin mayor gravedad. Esto refleja la inadecuada valoración del riesgo (artículo 28 de la ley y 36 de su reglamento) y del dicho de la víctima (artículo 2.5 de la ley y 6.2 y 12 de su reglamento) que prevalece en casos como estos, tanto en sede policial como en fiscal y judicial. La Policía Nacional del Perú debe ejecutar las medidas de protección e implementar aquellas que han sido dadas judicialmente, identificando la ubicación del domicilio de la víctima y habilitando un canal de comunicación para atender efectivamente los pedidos de resguardo de su seguridad (artículo 23 de la ley y 45, 46.2 y 47 de su reglamento). Este caso muestra las deficiencias cotidianas en la respuesta frente a situaciones de violencia contra las mujeres.

En estos casos el rol de la defensa pública y de los Centros Emergencia Mujer es vital para supervisar que en sede policial, fiscal y judicial se cumplan a cabalidad los términos estrictos de la legislación vigente, que busca prevenir los feminicidios a través de una adecuada protección ante las denuncias por violencia.

Bajo estas consideraciones, la Comisión de la Mujer y Familia ha solicitado información al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre las medidas adoptadas para investigar las omisiones en la actuación de los servicios del Estado, con la finalidad que se corrija esta situación y que casos como estos no vuelvan a repetirse. Del mismo modo se ha solicitado información al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sobre el patrocinio legal en curso por feminicidio. También se ha remitido un oficio al Poder Judicial, manifestando la preocupación de esta Comisión sobre estos casos, ya que sin una respuesta reforzada frente a las denuncias que son conocidas por los órganos judiciales, no podrán prevenirse los feminicidios a través de una adecuada protección de las denuncias por violencia que están en grave riesgo.

En este contexto, reiteramos la necesidad de que el Congreso modifique el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1323, en lo que respecta a la variación dispuesta  en el artículo 108-B sobre delito de feminicidio, para que se agregue como párrafo final del mismo que no procede la terminación anticipada ni la confesión sincera para estos casos. Esto se justifica pues el texto actual contraviene el artículo 2, literal a) de la Ley N° 30506, segunda parte, que delegó el Poder Ejecutivo la facultad para “modificar la legislación penal y procesal penal y de ejecución penal con el objeto de revisar […] la terminación anticipada y la confesión sincera […] para combatir la violencia familiar y la violencia de género, así como proteger los derechos de las mujeres, niñas y niños, y adolescentes, independientemente del vínculo de parentesco con los agresores y víctimas de dichos delitos”. La norma vigente no ha cumplido con modificar la legislación para revisar la terminación anticipada y la confesión sincera, como fue solicitado por el mismo Poder Ejecutivo expresamente y la Comisión de la Mujer y Familia respaldó en apoyo a un informe elaborado por mi despacho congresal. Si esto se hubiera incluido el asesino de Evelyn Ccorahua no podría acogerse a ninguno de estos mecanismos que permiten la reducción de la pena.

La muerte de Evelyn pudo evitarse y debe llamarnos a cambiar el sistema integral de respuesta. Este feminicidio no debe quedar impune.

Foto: Evelyn Ccorahua publicada en Diario Correo.